Antecedentes penales podrán incluir delitos graves aun tras cumplir condena: SCJN.

 

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional que en las constancias de antecedentes penales se especifique la comisión de delitos graves, aun cuando la persona haya compurgado su condena, a diferencia de los delitos no graves, que pueden ser cancelados de dichos documentos.

La decisión fue tomada al resolver un amparo en contra del artículo 27, fracción V, inciso g), de la Ley Nacional de Ejecución Penal. El proyecto, elaborado por el ministro Arístides Guerrero García, fue aprobado por seis votos a favor y tres en contra.

La mayoría de los ministros consideró que la norma no vulnera derechos humanos como la igualdad ni la no discriminación, al tratarse de una distinción objetiva y razonable basada en los delitos graves previstos en el artículo 19 de la Constitución.

En contraste, la minoría sostuvo que mantener visibles los antecedentes por delitos graves afecta el derecho a la reinserción social, particularmente al dificultar el acceso al empleo. El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, argumentó que la medida implica considerar de forma permanente a una persona como delincuente o potencialmente delincuente, aun después de haber cumplido su pena.

El caso que dio origen al juicio fue promovido por una persona a la que se le negó un empleo en una empresa de seguridad, luego de que en su constancia de antecedentes penales se asentara que había cumplido una condena de seis años de prisión por violar la Ley General de Población. La detención ocurrió en 2005, cuando trasladaba a 10 migrantes con la intención de cobrar una cantidad por cada uno.

El máximo tribunal negó el amparo solicitado. El ministro ponente sostuvo que la ley prevé la expedición de constancias de antecedentes penales para distintos fines, como la investigación criminal, el ejercicio de derechos o cumplimiento de deberes, requisitos legales para un empleo y efectos constitucionales, y que su emisión por delitos graves no impide por sí misma acceder a un trabajo.

Los ministros Giovanni Figueroa Mejía y Yasmín Esquivel Mossa se sumaron a los votos en contra del proyecto.

Nota referencia: La Jornada.