Claudia Sheinbaum propone crear comisión secreta para auditar perfiles de candidatos.

En un movimiento estratégico orientado a blindar los procesos electorales de la infiltración de organizaciones delictivas, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión informó el envío formal de una iniciativa de la Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, a la Cámara de Diputados. La propuesta plantea una reforma de fondo a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales con el objetivo inédito de dar vida a la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas.

De acuerdo con el documento remitido a la Comisión de Reforma Política-Electoral, este nuevo órgano tendrá la facultad de recibir las listas de las personas que pretendan postularse a cualquier cargo de elección popular, ya sea de carácter federal o local. Previo al registro oficial ante las autoridades del Instituto Nacional Electoral, la Comisión trabajará en coordinación directa con las instancias competentes en materia de seguridad pública, agencias de inteligencia, procuración de justicia y fiscalización financiera para someter los expedientes a un riguroso análisis de riesgo institucional.

La iniciativa estipula con claridad que el sometimiento de los listados será de carácter voluntario por parte de los partidos políticos o de los ciudadanos que busquen una candidatura independiente, pudiendo entregar información total o parcial. Para ello, los institutos políticos deberán diseñar mecanismos internos donde los aspirantes manifiesten expresamente su conformidad para que sus perfiles e historiales económicos y patrimoniales sean objeto de esta auscultación profunda.

La Comisión de Verificación estará integrada de forma colegiada por cinco consejeras o consejeros electorales con una duración de tres años en su encargo, manteniendo una presidencia rotativa anual. El esquema operará bajo un blindaje de estricta confidencialidad: las agencias de inteligencia o fiscalías notificarán la existencia o no de un "riesgo razonable" sobre presuntas actividades delícitas sin detallar el expediente de origen para no violar el debido proceso; no obstante, si las dependencias federales detectan información relevante o la presunta comisión de delitos de alto impacto, mantendrán la facultad total de iniciar o continuar con las investigaciones ministeriales correspondientes.

En la exposición de motivos, el Ejecutivo Federal resalta que esta modificación al artículo 42 de la Legipe no busca sustituir bajo ninguna circunstancia las funciones de los jueces ni del Ministerio Público. Por el contrario, se erige como una medida preventiva y legítima que dota a los partidos de herramientas objetivas para depurar sus filas de manera responsable, incentivando procesos de selección interna mucho más rigurosos que devuelvan la confianza a la ciudadanía y fortalezcan la legitimidad de los resultados electorales frente a las amenazas que acechan al tejido social del país.