Revés legal para el Gobierno de Chihuahua: SCJN invalida acuerdo ganadero.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválido el acuerdo 156/2024 de la gobernadora de Chihuahua, María Eugenia Campos Galván, mediante el cual se reforzaron los controles e inspecciones ganaderas en la entidad, al concluir que dichas disposiciones excedieron las atribuciones del gobierno estatal.
La resolución derivó de la controversia constitucional 374/2024, promovida en diciembre de 2024 por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, como una de las primeras acciones legales del gobierno encabezado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo. El proyecto fue presentado por el ministro Irving Espinosa Betanzo y aprobado por unanimidad.
Durante la discusión, se expuso que el acuerdo impugnado no se limitó a tareas de vigilancia ni a la coordinación con la Federación, sino que instauró un esquema integral para regular la movilización de ganado, productos y subproductos pecuarios dentro del territorio estatal.
El ministro ponente explicó que la norma establecía revisiones obligatorias, requisitos documentales específicos, autorizaciones estatales previas, puntos de verificación determinados por la Secretaría de Desarrollo Rural, así como medidas de aseguramiento y sanción, lo que configuró una invasión a la competencia federal en materia de salubridad general y control sanitario.
En su intervención, el ministro Giovanni Figueroa Mejía subrayó que el control sanitario y zoosanitario, incluida la sanidad animal y la movilización de ganado, corresponde de manera exclusiva a la Federación, criterio que ha sido sostenido de forma constante por la SCJN. Precisó que los estados únicamente pueden colaborar mediante funciones de vigilancia y verificación, dentro de los límites que establece el sistema federal.
Por su parte, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz indicó que la Corte analizó la existencia de un convenio de coordinación entre la Federación y el estado de Chihuahua. Si bien existe un acuerdo para realizar acciones de verificación e inspección en materia de movilización agropecuaria, acuícola y pesquera, se determinó que dicho convenio no otorgaba facultades al estado para implementar las medidas contenidas en el acuerdo 156/2024.
Nota referencia: La jornada.
- 2 vistas