Invalida la Suprema Corte la Ley para la Atención a Personas con Espectro Autista en Guerrero

Ciudad de México, 7 de abril de 2025. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el Decreto que expide la Ley número 832 para la Atención, Inclusión y Protección a Personas con la Condición de Espectro Autista del Estado de Guerrero, al determinar que el proceso legislativo no cumplió con los estándares de consulta requeridos.

La decisión se derivó de la acción de inconstitucionalidad 146/2024, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la cual cuestionó particularmente el artículo 9, fracción III, por limitar el acceso de las personas con espectro autista a diversos sistemas de apoyo, al centralizar su determinación en ciertas autoridades estatales y municipales.

El Pleno consideró que, si bien el Congreso de Guerrero realizó ciertas acciones de consulta, no se acreditó que éstas fueran públicas, abiertas, inclusivas y accesibles, como lo exige el artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

En consecuencia, la Corte invalidó la totalidad del decreto, aunque determinó que sus efectos se harán válidos doce meses después de notificada la resolución al Congreso local, con el objetivo de que durante ese periodo se realice una consulta adecuada y se emita una nueva legislación que garantice la participación efectiva de las personas con discapacidad.

Esta resolución reafirma la importancia de que los procesos legislativos que impactan a grupos en situación de vulnerabilidad garanticen su participación efectiva y significativa, en cumplimiento de los tratados internacionales suscritos por México.