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TEPJF ordena excluir “boletas planchadas” del conteo.

Por Redacción · 8 de octubre, 2026

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las boletas electorales que no presenten marcas de doblez, conocidas como “boletas planchadas”, no deberán contabilizarse como votos cuando se acredite esta condición durante los cómputos electorales.

La resolución deriva de una impugnación contra los lineamientos aprobados por el Instituto Nacional Electoral (INE) para la preparación y desarrollo de los cómputos distritales y de circunscripción plurinominal del Proceso Electoral Federal 2026-2027.

La Sala Superior consideró que la emisión del voto comprende una secuencia que incluye recibir la boleta, marcarla, doblarla y posteriormente depositarla en la urna. Por ello, la ausencia de señales de doblez puede impedir determinar objetivamente que la papeleta siguió el procedimiento previsto.

Ante esta situación, las boletas que carezcan de marcas de doblez deberán mantenerse separadas de aquellas que sí sean consideradas para integrar los resultados de la casilla.

El TEPJF revocó parcialmente el acuerdo impugnado y ordenó al INE modificar sus lineamientos para incorporar un procedimiento específico para identificar y separar este tipo de papeletas durante el escrutinio y los cómputos.

El proceso electoral federal inició formalmente el 10 de septiembre de 2026 y la jornada electoral está programada para el 6 de junio de 2027, cuando se renovarán 500 diputaciones federales. El INE contempla la instalación de 3 mil 570 casillas seccionales y ocho casillas especiales.

La modificación deberá incorporarse a las reglas que utilizará el INE para los cómputos del proceso electoral federal 2026-2027. Nota de referencia Publimetro.

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