Prohibirán plazos de espera para buscar a mujeres y niñas desaparecidas.
Una contundente reforma legal busca derribar de una vez por todas las barreras burocráticas y las prácticas dilatorias que cuestan vidas en México. La iniciativa, presentada por el diputado Eduardo Gaona Domínguez, plantea modificaciones urgentes a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias para obligar a las autoridades de los tres órdenes de gobierno a activar los protocolos de búsqueda de manera inmediata ante la desaparición de cualquier mujer, niña o adolescente.
La propuesta, que busca adicionar el artículo 21 Bis al marco legal, prohíbe explícitamente condicionar el inicio de los operativos al transcurso de plazos de tiempo, una práctica común pero letal. Además, el proyecto introduce la presunción de riesgo feminicida desde el primer reporte y exige la implementación de medidas de protección inmediatas para el entorno familiar de la víctima, garantizando su participación activa en todo el proceso de localización.
El legislador fundamentó la urgencia de esta reforma en las reiteradas recomendaciones emitidas a México por organismos internacionales como el Comité CEDAW y la Convención de Belém do Pará. Estos tratados imponen al Estado mexicano la obligación ineludible de actuar con la debida diligencia y máxima velocidad, entendiendo que las primeras horas son críticas para salvaguardar la vida e integridad de las víctimas.
Para asegurar que esta ley no quede en letra muerta, el documento turnado a la Comisión de Igualdad de Género advierte de forma tajante que cualquier funcionario público que incumpla con estas obligaciones de respuesta inmediata enfrentará severas responsabilidades de carácter administrativo, civil o penal. Con esto, se busca erradicar la negligencia institucional en una de las crisis humanitarias más dolorosas del país.
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