Propuesta Legislativa busca castigar la violación de la intimidad sexual con IA.

La diputada Delhi Miroslava Shember Domínguez (Morena) ha propuesto una reforma al artículo 199 Octies del Código Penal Federal. Su iniciativa busca tipificar como delito la manipulación de imágenes, videos o audios (reales o simulados) de personas adultas sin su consentimiento, a través del uso de la inteligencia artificial (IA).
La propuesta plantea incrementar las penas para este delito, pasando de los actuales tres a seis años de prisión, a cuatro a ocho años de prisión, manteniendo la multa vigente de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA). La iniciativa ha sido turnada a la Comisión de Justicia.
En su exposición de motivos, la diputada Shember Domínguez señala que el crecimiento del acceso a internet y a dispositivos electrónicos ha disparado los casos de violencia digital, afectando principalmente a mujeres y niñas, y dejando graves secuelas psicológicas. La violencia digital, manifestada en ciberacoso, suplantación de identidad y la creación/difusión de contenidos manipulados por IA, representa una nueva forma de agresión que atenta contra derechos fundamentales como la privacidad, dignidad e integridad psicoemocional.
La legisladora advierte que el marco jurídico mexicano, específicamente el Código Penal Federal, presenta un rezago significativo frente a los desafíos tecnológicos actuales. La omisión de conductas delictivas vinculadas al uso indebido de herramientas de IA crea una laguna jurídica que permite a los agresores evadir la responsabilidad penal, a pesar del profundo daño que causan a sus víctimas.
La diputada Shember Domínguez enfatiza la necesidad de que el sistema penal contemple sanciones proporcionales a la gravedad de las conductas que vulneran la intimidad personal, especialmente aquellas relacionadas con la difusión, obtención o uso indebido de material íntimo o sexual sin consentimiento. Considera que las penas deben ser suficientemente disuasorias para garantizar la protección efectiva de las víctimas y asegurar que los responsables enfrenten consecuencias acordes con el daño infligido, afectando no solo la esfera emocional, sino también la reputación pública, social, profesional y familiar de las víctimas.
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