Violentadores políticos pueden ser candidatos pese a sanciones, advierte INE.
En el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género se encuentran inscritas 457 personas, algunas de ellas reincidentes. En la mayoría de los casos, las autoridades determinaron que los infractores no cumplen con el requisito de “modo honesto de vivir”.
Sin embargo, este antecedente no impide que puedan contender por un cargo de representación popular. La Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció, mediante la jurisprudencia 2/2023, que la pérdida del “modo honesto de vivir” no puede utilizarse para rechazar la postulación o participación de una persona como candidata.
El máximo tribunal consideró que dicho concepto es subjetivo, ambiguo y susceptible de generar discriminación, criterio que difiere del sostenido previamente por consejeros y magistrados electorales.
Al respecto, Claudia Zavala Pérez, consejera del Instituto Nacional Electoral (INE) y presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, explicó que una persona sólo puede ser impedida de participar en un proceso electoral cuando exista una sentencia firme que suspenda sus derechos político-electorales.
Recordó que el INE y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación habían construido criterios para revisar la elegibilidad de personas sancionadas administrativamente por violencia política, pero dichos alcances cambiaron tras la resolución de la Corte.
Zavala señaló que el impacto del criterio de la SCJN para los procesos electorales de 2026 y 2027 es que una persona puede ser candidata aun cuando esté inscrita en el registro de sancionados por violencia política contra las mujeres en razón de género.
Detalló que, al no tener efectos directos sobre los derechos político-electorales del agresor, las sanciones administrativas pierden fuerza frente a la posibilidad de competir por cargos públicos. Añadió que la reforma al artículo 38 constitucional sólo permite impedir una candidatura cuando existe una sentencia firme en materia penal, mientras que los casos del registro corresponden a infracciones administrativas.
Al 14 de diciembre, el registro contabilizaba 507 inscripciones correspondientes a 457 agresores, de los cuales 88 son mujeres y 369 hombres. De 504 expedientes, en 453 se determinó que las personas no cumplían con el requisito de modo honesto de vivir.
Las entidades con mayor número de sanciones son Oaxaca, con 144 casos; Veracruz, con 57; Chiapas, con 41; Tabasco, con 34, y Campeche, con 31, principalmente por hechos de violencia cometidos a nivel local.
Nota referencia: La Jornada.
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